Atendiendo al artículo 5 del Convenio Colectivo, el personal disfrutará de 5 días laborables de permiso de Navidad, que se distribuirán de acuerdo con las necesidades del servicio y serán disfrutados por el personal en 2 turnos al 50%.
PRIMER TURNO:
Se disfrutará durante los días 22, 23, 26, 29 y 30 de diciembre de 2008.
SEGUNDO TURNO:
Se disfrutará durante los días 2, 5, 7, 8 y 9 de enero de 2009
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