Estimad@s Compañer@s:
La figura de la permuta ha perdurado dentro de nuestro ordenamiento, como la hermana menor de los procedimientos de provisión.
Esto ha hecho que carezca de una regulación útil y moderna, siendo la existente del período pre-constitucional, y al depender de la voluntad de la Administración en última instancia, independientemente que tenga que motivar su actuación, ha sido esta la que, en función de criterios a veces moldeables y a veces rígidos, ha determinado su concesión o denegación.
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