jueves, 25 de junio de 2020

El Tribunal Supremo permite a una funcionaria reducir 50% la jornada y cobrar el sueldo íntegro para cuidar a una hija enferma sin estar hospitalizada

Estimad@s Compañer@s:

El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de casación interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha contra una sentencia del TSJ de Castilla La Mancha y ha reconoció el derecho a una mujer funcionaria a reducir su jornada laboral al 50%, manteniendo su retribución íntegra para cuidar a una niña menor con diabetes Mellitus tipo 1, considerada como enfermedad grave.

La Sala analiza el artículo 49.e) del EBEP y su  aplicación en los supuestos en que no resulta necesaria la hospitalización.

El Alto Tribunal entiende que el artículo 49.e) del EBEP resulta de aplicación en los supuestos en que no es necesaria la hospitalización del menor, considerando que es necesario un cuidado directo, continuo y permanente, aunque el menor se encuentre escolarizado.

No hay comentarios: