martes, 12 de enero de 2021

Sentencia del Tribunal Supremo sobre fraude en la contratación temporal vinculada a subvención

Estimados/as compañeros/as:

El Tribunal Supremo emitió el pasado 9 de diciembre de 2020, una sentencia en la que se condenaba a la Diputación de Huelva por "fraude en la contratación temporal".


El Alto Tribunal estima el recurso de casación presentado por una trabajadora que fue despedida, después de que prestó servicios a favor de la Diputación de Huelva como oficial administrativa y firmó veinte contratos temporales desde el 9 de junio de 2000 al 9 de julio de 2015; dentro del marco del Programa de Fomento del Empleo Agrario (PFEA) y vinculadas a la concesión de subvenciones.

El Supremo considera que: "la gestión de recursos humanos vinculada al PFEA no puede constituir el objeto de un contrato eventual", al tiempo que precisa que la trabajadora ha desarrollado la misma función durante 15 años tras veinte contratos temporales, lo que revela la reiteración en el tiempo de tareas permanentes de la Administración pública”.

"Es cierto que se trataba de programas subvencionados, pero la existencia de una subvención no constituye por sí misma un elemento decisivo y concluyente de la validez del contrato temporal causal porque también se subvencionan servicios habituales de los entes públicos".

El Tribunal estima el recurso de casación presentado por la trabajadora, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que determinó que la extinción laboral fue lícita y condena a la Diputación de Huelva a readmitir o pagar una indemnización de 50.995 euros a esta empleada pública que fue despedida tras trabajar durante 15 años para la institución encadenando veinte contratos temporales.

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