jueves, 11 de abril de 2019

El CAP ya no será obligatorio para los conductores de transporte público en la modalidad de "basuras de inmundicias"

Estimad@s Compañer@s:

El Certificado de Aptitud Profesional, CAP, que se exigía a los conductores del transporte público de "basuras e inmundicias" ya no es obligatorio desde la entrada en vigor del Real Decreto 70 / 2019.

A partir de este nuevo Real Decreto, no será obligatoria la obtención del certificado de aptitud profesional para aquellos conductores que presten el servicio de transporte público por carretera en la modalidad de transporte de basuras e inmundicias.

El literal del artículo se refiere al transporte en vehículos especialmente acondicionados “o” a los que hubieran sido adquiridos con este fin por una entidad local; en consecuencia, para ambos supuestos, que resultan alternativos, se exime de la obligatoriedad de obtener el certificado.

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