miércoles, 18 de septiembre de 2019

Abono en metálico de las vacaciones no disfrutadas a la extinción del contrato

Estimad@s Compañer@s:

El plazo para cobrar las cantidades en metálico por las vacaciones no disfrutadas comienza a correr el día que se extingue el contrato de trabajo, ya que hasta ese momento no se tiene derecho a sustituir el cogerlas efectivamente por cobrarlas.

Las normas que se aplican y la jurisprudencia del Tribunal Supremo dejan muy claros los derechos, plazos y otros puntos relevantes a tener en cuenta.

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